martes, 28 de septiembre de 2010

Santa objeción de conciencia


El Gobierno de la provincia argentina de Córdoba prohibió que sus funcionarios se nieguen a oficiar matrimonios entre personas del mismo sexo, luego de que cinco jueces de paz rechazaran oficializar enlaces de parejas homosexuales, informaron hoy medios locales.

El Ministerio de Justicia de Córdoba emitió una resolución que instruye a dar “irrestricto cumplimiento” a la reforma del Código Civil, aprobada en julio pasado por el Senado argentino y que establece el matrimonio igualitario entre personas del mismo sexo, una ley pionera en Latinoamérica.

“Por razones de conciencia un funcionario público no puede excusarse para no cumplir una ley nacional“, señaló el ministro de Justicia provincial, Luis Angulo, en declaraciones publicadas hoy por el diario La Voz del Interior.

La resolución se produce días después de la denuncia penal que presentó una ONG contra el responsable del Registro Civil de la provincia, Lorenzo Gatica, por aceptar que cinco funcionarios se presentaran como “objetores de conciencia” para celebrar matrimonios homosexuales.

“Yo no los puedo obligar. La Constitución provincial avala la libertad de conciencia, y por eso aceptamos la objeción”, señaló Gatica la pasada semana.

La ONG Devenir Diverse consideró que Gatica incurrió en los delitos de incumplimiento de los deberes de funcionario público y abuso de autoridad al “atribuirse facultades del poder legislativo nacional”, señaló Natalia Milisenda, abogada de la entidad.

Un total de 103 parejas homosexuales, 72 conformadas por hombres y 31 por mujeres, se casaron en Argentina en el primer mes desde la entrada en vigor de esta reforma legal, informó la Federación Argentina de Lesbianas, Gays, Bisexuales y Travestis (FALGBT).
Fuente: AGMagazine

lunes, 27 de septiembre de 2010

Los porros de Salta


Van Cawlaert, un tipo más grande que no habla de sexo
El programa televisivo CQC, llegó otra vez a Salta atraído, nuevamente, por acontecimientos del ámbito educativo. Las anteriores visitas pusieron de manifiesto a funcionarios y docentes que incurrían en manejos poco santos de bienes y fondos destinados a las escuelas. Ahora el viaje fue para poner a nivel país que esta sociedad pacata y estrecha mentalmente, se focaliza en el más allá y en el reino de lo irreal.
Que Dios exista o no, queda para el ámbito exclusivamente personal, dado que creer o no, tener religión o prescindir de ella, no coloca en ningún riesgo físico o mental al ser humano. Nadie ha muerto por ateo, por desconocer a Dios uno y trino, o no saberse los preceptos eclesiásticos. Que haya un consuelo espiritual para quien lo busca, no es materia de discusión.
Ahora pensemos en las complicaciones que acarrea la ignorancia. Si una mujer ignora que los bebés deben ser alimentados con leche materna puede provocar la muerte del niño. Si no sabe que el recién nacido con cuadro febril, corre riesgo su vida y por eso debe llevarlo al médico, también es un hecho que reviste importancia.
Un joven que no sepa las consecuencias de las relaciones sexuales sin profilaxis, es en potencial, una víctima segura del HIV, de la sífilis, la gonorrea u otras enfermedades por el estilo. El precio de la ignorancia y el desconocimiento, sobre nuestro cuerpo y nuestro hábitat, va en contra de nuestras propias vidas.
Con lo sucedido en la encuesta antojadiza de la productora 4 Cabezas a jóvenes estudiantes locales, se demostró que el prejuicio domina un ministerio que hasta administrativamente retornó a los problemas de cuando estaba dividida la estructura entre Consejo Gral. de Educación y Ministerio Provincial, la realidad anterior al año ’95, quizá la única realidad que conozca quien dirige la cartera.
Lo malo en sí de los pacatos y estrechos de mente es que en puestos dirigentes contaminan con el ocultismo a todos los demás seres humanos.
El reclamo por la educación religiosa no es fanatismo, como sí lo es el sostener que el catolicismo es el credo de la mayoría o que marchar detrás de las imágenes de yeso, nos convertirá en mejores gobernantes o ciudadanos.

Un mundo humano
El mundo de lo concreto está habitado por: enfermos, desnutridos, abandonados, desocupados, violentos y muchas personas que también coexisten con sus vidas ejemplares y simples: los que trabajan, los que cuidan, los que aman, los que pese a la pobreza, igual pelean por una mejor calidad de vida.
Si para los males sociales, Dios hubiera sido la solución, indudablemente hace 2010 años este mundo sería el paraíso.
Ninguno de nosotros tiene plazos fijos en el más allá, o acumula una serie de bonos de cancelación de deudas aquí para la campaña del otro mundo.
Evadirnos de lo que verdaderamente somos, nos coloca en el espacio del pensamiento salvaje y totémico, donde el ser humano en su estado tribal, adora y proyecta superioridad en ese pedazo de piedra que llama Dios.
Aquí está lo verdadero lo que se ve y lo que se palpa. Los adolescentes descubriendo el sexo con internet como fuente de información, la calle como lugar de consulta y sus pares como referentes de vida.
Así quedó demostrado cuando, el periodista del mencionado programa porteño, Diego Iglesias, conversaba con los alumnos que fueron descalificados públicamente por el ministro del área.
Iglesias le preguntó a un grupo de estudiantes salteños: ¿Sientes que tienen la suficiente formación en materia de educación sexual?
Alumna 4: Nos falta. Nos falta bastante.
Alumna 5: Estaría bueno, porque como viene la cosa hoy en día, me parece que estaría muy bueno.
Docente: Los chicos hoy lo piden, o sea, los jóvenes hoy estamos viendo problemas de chicas de 11 y 12 años que empiezan a tener relaciones y nos saben ni cómo cuidarse, ni conocen su cuerpo, ni entienden mucho este tema tan especial.
Vecina: Cuando nosotros éramos chicos ignorábamos muchísimo. A nosotros nos decían que la cigüeña nos traía los hijos. No sabíamos absolutamente nada y por eso muchas chicas de 18 años, 15, 13 se embarazaban.
Iglesias: ¿Cuándo era adolescente que dudas recuerda que tenía con respecto a la sexualidad y que no tenía a quien preguntársela?
Vecina 2: El famoso, los días que uno podía quedar embarazada. Hasta el día de hoy nunca pude aprender, pero he sido muy fértil.
Iglesias: ¿Qué anticonceptivos conocen?
Alumna 6: Ninguno.
Alumna 7: Preservativo.
Alumno: Pastillas.
Alumna 8: Pastilla del día después.

Sostener al monaguillo
Que el gobierno mantenga y defienda las permanentes presiones eclesiásticas es algo reprochable, pero que la Iglesia siga siendo quien dirige el Ministerio de Educación es aún más indignante.
Es una trinchera con sotana esa área gubernamental que sirve para delinear gran parte del poder cultural que el catolicismo, necesita en Argentina para que el Estado siga manteniendo los negocios de los religiosos, a costa del hambre de los pobres sobre los que teorizan teologalmente de un modo hipócrita, este sector vinculado aún a delitos como: la pedofilia, la tortura y desaparición de personas y por supuesto, el abuso.
Juan Manuel Urtubey, fue quien ante el mismo reportero y la misma cámara televisiva reconoció: “En la curricula está, evidentemente se tiene que dar. Lo que hay que ver es si bueno, si no hay registro en los chicos, si no se da es porque se está haciendo mal, habrá que hacerlo mejor.
Iglesias: ¿Por qué se puede enseñar religión católica a contramano de lo que ocurre en todo el país y no se puede enseñar educación sexual como se de en las escuelas?
Urtubey: La Constitución de la provincia establece que los colegios tienen la obligación de dar religión, no católica, la ley no habla de católica.
Iglesias: Pero se da católica de hecho, Gobernador.
Urtubey: Y porque en definitiva no hay pedido de… pero lo objetivo es que eso lo marca la Constitución.
Iglesias: Ya pasaron cuatro años de que se sancionó la ley, que fue en octubre de 2006. Yo digo, ahora que usted está a cargo del poder ejecutivo y que el ministro de educación lo designa usted, fíjese que el cumpla con la ley.
Urtubey: Hay cosas, estoy de acuerdo. Aparte una cuestión de sentido común, estamos en el siglo XXI, es absurdo discutir estas cosas.
Iglesias: La verdad es que estoy completamente de acuerdo con usted, el que parece que no está de acuerdo es el ministro de educación así que me parece que va a tener que hablarlo.
Urtubey: No, si yo hablo con él. Lo que pasa es que por ahí es un tipo más grande, tiene formas de hablar distinto”.

Por cortesía de: EL CRONISTA.

Gracias a Alejandra Paredes de Navarro (autora).

miércoles, 22 de septiembre de 2010

Todo lo que querías saber sobre el matrimonio y no sabías a quién preguntar


20 preguntas antes del "sí, quiero"

¿Con la libreta de matrimonio se solucionan todos los problemas? Está claro que no. Pero lo que no está nada claro es una importante serie de cuestiones, muchas de ellas relacionadas con la filiación y el estatus de los integrantes de las familias, que se desprenden de la Ley de Matrimonio Igualitario, pero que aún no han sido reglamentadas y muchas veces dependen del humor de un juez o una jueza.

Responden a estas preguntas que cada vez van siendo más frecuentes, lxs abogadxs Emiliano Litardo de la CHA, Diego Morales del CELS, Flavia Massenzio y Analía Más de la FALGBT y Greta Pena, directora de Investigación de Prácticas Discriminatorias del INADI.

1 ¿Cómo son considerados los hijos nacidos del matrimonio? ¿Son automáticamente hijos de la pareja?
–Sí. A partir de la promulgación de la ley el pasado 21 de julio, cuando ese niño nace debe ser anotado a nombre de las dos mamás casadas en el Registro Civil. La ley le reconoce la filiación a ambas mamás, es decir a “la madre biológica y su cónyuge”. Tal fue el caso de Vicente, el primer nene inscripto como hijo de dos mamás en el Registro Civil porteño el último 8 de septiembre.

2 Un niño biológico o adoptado por uno de los dos miembros de la pareja previamente al matrimonio, ¿cómo adquiere el reconocimiento del otro padre o madre?
–En las parejas heterosexuales es un paso natural del matrimonio, pero en las parejas homosexuales surge un conflicto: si bien la ley prevé el reconocimiento automático, no existe una reglamentación que acompañe esta situación. Para Diego Morales, abogado del CELS (Centro de Estudios Legales y Sociales), “no debería haber problema para que se escriba en la partida de nacimiento del niño el nombre de la madre o padre no biológico, pero el Registro Civil no está entendiendo qué tipo de familia creó la ley, es un tema de maduración. Lo que presume el Registro Civil es la posibilidad de que un padre biológico reclame sobre el o la niña en el futuro”. Ahora bien, como la ley lo contempla, esta situación se puede reclamar por vía judicial y un juez determinará (o no) que frente a la presentación de documentos que acrediten que el niño o la niña nació y creció en el seno de esa pareja, se inscriba al padre o madre no biológico en la documentación correspondiente. Pero, por el momento, es un tema de interpretación de la ley y de la puesta en práctica de esa ley sobre ciertos organismos que no tienen reglamentaciones claras. Por eso en estas opciones, ante la negativa de un Registro Civil, hay que recurrir a la Justicia (como se hacía en los casos en que el Registro Civil se negaba a casar a personas del mismo sexo, pero esta vez con una ley a favor).

3 Si me niegan el reconocimiento automático de un hijo preexistente al matrimonio, ¿es conveniente pedir la adopción simple?
–En este punto hay divergencias. Para Emiliano Litardo, activista del área jurídica de la CHA, hay que solicitar la adopción simple, que es el trámite que está contemplado en este tipo de casos (ya que la adopción plena implica cortar todo lazo con la familia biológica). “Primero se otorga una guarda que va de 6 meses a un año y luego de ese lapso se abre el juicio de adopción propiamente dicho. El juez o la jueza es quien va a tener la palabra final para otorgar la adopción, para lo cual va a tener en cuenta el interés superior del niño o la niña, antes que nada. De manera que la ley, si bien genera un cambio social importante, no socava prácticas discriminatorias o cierto imaginario social que circunda respecto de las familias homosexuales. Cada juez puede someter a la persona o pareja a los trámites que quiera”. El interés superior del niño contempla “el medio de vida y las cualidades morales y personales del o los adoptantes”, lo cual es una concepción muy abstracta que le permite al juzgador esconder prejuicios homo o lesbofóbicos. Para Morales, en cambio, es mejor esperar: “No soy partidario de pedir la adopción simple, que puede llevar años y no da los mismos derechos que una filiación plena. Si se pide la adopción, además, se somete a la familia a un proceso de invasión que incluye asistente social, testigos, etcétera. Como abogado, recomiendo que las parejas esperen a que el Estado reglamente o intentar una discusión por vía administrativa, reclamando al Registro Civil mediante un recurso la efectivización de ese derecho”. En ese caso, una pareja podría alegar que no se casó antes porque no podía, ya que la ley no existía, y no por eso iba a postergar su opción familiar. Además, ante la concreción de la adopción simple, se corre el riesgo de que el Registro Civil empiece a reconocer naturalmente a los hijos preexistentes y haya que pedir la nulidad de la adopción.

Desde la Falgbt, la abogada Analía Mas explica que “la adopción simple es una estrategia posible, pero se trata de una solución precaria. El Inadi ha señalado que la vía correcta es iniciar el pedido de reconocimiento en el Registro Civil correspondiente”.

4 En estas parejas, ¿qué pasa desde que se lleva a cabo el matrimonio hasta que se soluciona el reconocimiento del hijo o hija? ¿Existe una medida “mientras tanto”?
–En principio sí. Ya sea en el caso de pedir la adopción o de reclamar el reconocimiento se le puede pedir a un juez que reconozca a un hijo por medio de una medida cautelar, pero sólo frente a una situación urgente que requiera una protección rápida. Por ejemplo, una enfermedad o viajes de trabajo. “Sería complicado hacerlo sólo por prevención pero, en principio, se puede pedir esa medida que proteja el tiempo entre el matrimonio y la resolución del reconocimiento del niño o niña”, explica Morales.

5 ¿Los matrimonios del mismo sexo tendrán prioridad para adoptar e inscribirse en los registros?
–Ese fue un ardid de los legisladores católicos que señalaron que, como la ley de adopción dice que se requieren tres años de casados a menos que se demuestre la imposibilidad de procrear, las parejas gays podrían demostrar fácilmente que no pueden procrear juntas, lo que generaría una “discriminación inversa”. Pero en la práctica esto no sucederá. Según Mas, “la situación es diferente y se la contempla en tanto tal. Además, la norma sería imposible de aplicar actualmente y por los próximos años, porque no hay matrimonios del mismo sexo en la Argentina que lleven más de tres años de casados. Es por ello que no se espera que tengan ninguna prioridad en los registros. No se coincide con la realidad considerar que hay una imposibilidad de tener hijos en las parejas del mismo sexo porque no es que ambos sean infértiles”.

6 ¿Entonces las parejas del mismo sexo estarán en el mismo orden que las parejas heterosexuales fértiles?
–En teoría sí, pero en la práctica podría suceder que los jueces de familia demoren la entrega en guarda de los niños a matrimonios del mismo sexo en nombre “del bienestar del menor”. Según Mas, “hay provincias con registro cerrado y los jueces de familia, que suelen ser de carácter conservador, podrían beneficiar a los matrimonios heterosexuales, algo que no escribirían de modo explícito en una sentencia”. Aunque ya existe legalmente un registro único de adopción de alcance nacional, muchas provincias mantienen sus propios registros y en muchas de ellas la Iglesia mantiene una fuerte influencia sobre los jueces de familia y los funcionarios que los dirigen. Sin embargo, Mazzencio señala que, “en todo proceso de adopción, el juez escucha al equipo interdisciplinario que trabaja con él. Son decisiones que se toman con asesoramiento de auxiliares, así que no es fácil que un juez decida arbitrariamente ‘cajonear’ la adopción de un menor por parte de un matrimonio gay”.

7 Los parejas de hecho heterosexuales tienen derecho a una obra social compartida, reducción de impuestos y herencia. ¿Qué ocurre con las parejas homosexuales?
–Las uniones de hecho no están reguladas, pero sí hay jurisprudencia que reconoce en determinados casos ciertos derechos a la concubina o concubino, como el acceso a una pensión o la parte de una herencia, siempre y cuando se acredite que el concubino contribuyó económicamente a generarla. Ahí lo que hace la jurisprudencia no es reconocer el concubinato en igual posición que el matrimonio, sino que entiende una “sociedad de hecho”, una vez acreditado que el concubino colaboró económicamente en esa sociedad. La seguridad social y las pensiones sí se reconocen en las uniones de hecho, pero no se puede equiparar en términos jurídicos el matrimonio con el concubinato. “La Anses emitió una resolución en la que reconoció la pensión por viudez, mucho antes de que salga el matrimonio, acreditando un mínimo de 7 años de convivencia, testigos, propiedades compartidas, etc.”, explica Litardo. En el caso de la obra social, la ley que regula el sistema de obras sociales permite la incorporación de personas en situación de concubinato, indistintamente de la orientación sexual. “Sin embargo, hay ciertas obras sociales y ciertas empresas de medicina prepaga que no reconocen el status de concubino y hay que judicializar el asunto”, concluye.

8 ¿Se reconocerá el concubinato para heredar la pensión en caso de viudez?
–Eso dependerá de la caja a la que se aporte. A nivel nacional, la Anses ya lo reconoce desde agosto de 2008. Para ello es requisito demostrar la convivencia durante por lo menos cinco años –mediante facturas de servicios, manifestaciones de testigos u otros medios–, tal como ya sucede con las parejas convivientes heterosexuales.

Sin embargo, hay varias cajas provinciales o de distintos ámbitos profesionales que aún no reconocen a los concubinos. La libreta de matrimonio es la única garantía de cobertura legal en este sentido.

9 Una pareja homosexual casada, ¿puede obtener la deducción del impuesto a las Ganancias, tal como les corresponde a las parejas heterosexuales?
–El artículo 23 de la ley sobre ganancias no imponibles y cargas de familia establece cuáles son las deducciones personales para los individuos con relación a este impuesto. Allí se señala la deducción por cónyuge: se trata de un monto fijo de 12 mil pesos anual. Las condiciones son que la pareja resida en el país, que esté a cargo del empleado que pretende la deducción y que sus ingresos no superen los 10.800 anuales.

En principio, las parejas gays casadas también están amparadas por este beneficio. Pero ocurre que la normativa actual establece que es el hombre de la pareja quien debe declarar los bienes y rentas gananciales, y que sólo aquellas rentas o bienes derivados del trabajo personal de la mujer serán declarados por la misma, “amén de los bienes adquiridos con anterioridad al matrimonio o los que haya recibido por herencia, legado o donación”. Ante esta situación, ¿cuál de los cónyuges deberá declarar las rentas y los bienes gananciales en el impuesto sobre los Bienes Personales? Muchos especialistas han señalado la urgencia de una reforma impositiva antes del vencimiento del período fiscal actual, el 31 de diciembre de este año. Hasta entonces, rige una ambigüedad normativa.

10 ¿Los hijos pueden llevar los dos apellidos?
–En la ley está contemplado que figuren los dos. Pero a las madres de Vicente no les aceptaron esa posibilidad. En ese caso, ellas y todos a quienes les pase lo mismo tienen la posibilidad de ir directamente a la Cámara Civil, presentando un recurso de apelación frente al rechazo del Registro Civil. “El problema es que no se tanteó mucho a esos jueces en estos años, de hecho fueron jueces civiles de primera instancia los que frenaron fallos de la Justicia civil para matrimonios entre personas del mismo sexo antes de la ley, entonces no sabemos qué posición tienen”, resume Morales. Pero en la letra de la ley propiamente dicha, “en caso de que los adoptantes sean cónyuges de un mismo sexo, a pedido de éstos podrá el adoptado llevar el apellido compuesto del cónyuge del cual tuviera el primer apellido o agregar al primero de éste el primero del otro”.

11 ¿Qué pasa con la cláusula de fidelidad exigida por la ley de matrimonio civil?
La ley de matrimonio exige tres deberes: fidelidad, asistencia y cohabitación. El no cumplimiento de uno de estos tres deberes es causal de divorcio. “La esencia del matrimonio civil tiene criterios muy decimonónicos, inspirados en la doctrina católica. Hay obligaciones que hacen que el matrimonio sea hoy obsoleto, por eso la CHA presentó un proyecto de modificación del matrimonio, para que en vez de liberar no termine oprimiendo a la pareja, pero el piso de igualdad jurídica que generó la ley es la base para habilitar estas discusiones”, explica Litardo. En ese sentido, apunta que para acceder al matrimonio, la sociedad “exige” una relación de amor romántico, cuando bien podría tratarse de dos amigos o amigas que quieran casarse para reconocerle derechos al otro. “Muchas veces llegan dos amigos del interior que quieren unirse civilmente para que el otro pueda acceder a una obra social, o la posibilidad de que mi amigo entre al hospital si me pasa algo, pero eso no está previsto en el imaginario social, así que es un debate que recién empieza”, concluye. Para Morales, “la casuística se va a desarrollar en el tiempo. No sabemos si son los mismos los criterios que va a valorar un juez a la hora de divorciar una pareja homosexual o heterosexual. Va a entrar en juego qué pruebas presentan las parejas, cómo prueban que no era una práctica previa, etcétera”.

12 Si una pareja homosexual tiene un hijo por inseminación artificial, ¿qué papel juega ante la ley ese tercero que tiene un vínculo biológico con el niño?
–Ante un reclamo y un análisis, es verdad que ese tercero aparece como padre o madre, pero ahí entra en juego la identidad biológica del niño. Si no la supiera y el día de mañana tiene una sospecha y la quiere corroborar, tendría que tener ese derecho e incluso pedirle al padre biológico que lo reconozca. Puede haber un conflicto porque la patria potestad es de a dos, nunca de a tres. “Por nuestra historia, la Argentina es pionera en rastrear la identidad biológica. En el caso de una pareja que ‘invita’ a alguien a ser el padre, eso no está contemplado en la ley. En ese caso irían a competir dos situaciones de reconocimiento y habría que ver cómo se define, pero todavía no lo sabemos”, dice Morales. Si el chico quisiera que su padre legal sea el biológico y no la pareja de la madre, por ejemplo, podría desplazar en su partida a esa madre mediante una acción judicial. “Porque los lazos biológicos en general son priorizados, pero habría que ver cada caso en particular y cómo evoluciona esto”, concluye.

13 ¿Qué pasa en el caso de que una travesti se case y luego se realice la reasignación de sexo? ¿Se tiene que volver a casar?
–La reforma de la ley de matrimonio, a diferencia de muchas leyes del Código Civil, hace un corrimiento del sexo de las personas, es decir que borra el sexo como núcleo central. Ya sea que se case una travesti con un varón o con una mujer, a la ley no le interesa ni modifica. Lo que sí entra a jugar es la discusión del reconocimiento por género: si hay reasignación de sexo después del matrimonio, probablemente esa persona se haya tenido que casar con su nombre registral derivado del sexo biológico, pero si se readecua genitalmente y cambia su nombre por orden del juzgado, se comunica al Registro Civil el cambio de nombre y se da una nueva libreta de matrimonio, un nuevo DNI, etcétera. “A la ley no le importaba la orientación sexual, sino el sexo biológico: no podían casarse dos personas del mismo sexo, tengan la orientación sexual que quieran, y eso es interesante; en el matrimonio, el sexo biológico funcionaba como dispositivo de no acceso al derecho civil de contraer nupcias. Posreforma de la ley se genera este borramiento que, políticamente, es muy positivo y habilitador en otras discusiones”, explica Litardo.

14 Si una persona de nacionalidad argentina se casa con un extranjero, ¿esa persona obtendrá la ciudadanía?
–Sí. Se les ha otorgado la ciudadanía a cinco personas que se han casado con argentinos de su mismo sexo. Según Flavia Massenzio, abogada de la Fagltb, “esto también es válido para personas casadas legalmente en otros países que cuentan con una ley de matrimonio igualitario, como Canadá o España, a quienes se les debe reconocer la ciudadanía argentina para su cónyuge”.

15 ¿Cómo es el régimen de tenencia y visitas para los hijos menores de cinco años en caso de divorcio?
–El artículo 4 de la ley dice que “los hijos menores de cinco años quedarán a cargo de la madre, salvo causas graves que afecten el interés del menor. En casos de matrimonios constituidos por ambos cónyuges del mismo sexo, a falta de acuerdo, el juez resolverá teniendo en cuenta el interés del menor”. Esto quiere decir que, en primer lugar, serán las partes quienes deberán ponerse de acuerdo con cuál de sus madres o padres va a vivir el niño. En caso de disputa, es el juez quien deberá decidirlo, con el amplio margen que le da la ley para su arbitrio. Para Analía Mas, “la ley da como primera opción que se pongan de acuerdo las partes, pero si los chicos pasan a ser el botín de guerra del divorcio, es el juez quien decide. Igual, la patria potestad está compartida entre ambas madres o padres, así que no se generarán mayores problemas o muy diferentes de los que se generan en los divorcios heterosexuales”.

16 ¿Sigue siendo válida la figura de la nuera viuda sin hijos para heredar?
–El Código Civil argentino prevé la figura de la “nuera viuda sin hijos”, que ampara a “la viuda que permaneciere en ese estado y no tuviere hijos, o que si los tuvo no sobrevivieren en el momento en que se abrió la sucesión de los suegros. Ella tiene derecho a heredar la cuarta parte de los bienes que le hubieren correspondido a su esposo en dichas sucesiones”. La nuera viuda que hereda es la que no se volvió a casar después de enviudar, no estaba divorciada por su culpa ni había perdido el derecho hereditario con respecto a su marido. Además, la “viuda nuera sin hijos” no debe tener hijos porque, de tenerlos, “ellos heredan en representación del padre”. En el caso de dos mujeres casadas siempre va a haber una nuera y en el caso de dos hombres, nunca. Por el momento, el yerno viudo no accede a esa parte de la herencia, aunque existe jurisprudencia que ha beneficiado a yernos viudos sin hijos y se espera que se siga avanzando en ese sentido con los matrimonios entre hombres, hasta que la ley sea modificada.

17 ¿Cómo van a funcionar las licencias por paternidad y maternidad?
–Actualmente rige el artículo 177 de la ley de contrato de trabajo, que dice que las empleadas embarazadas tienen derecho a tomar una licencia de 90 días con goce de sueldo, más excedencia. Para los hombres rige desde junio una licencia por paternidad que sólo comprende cinco días, tanto para padres biológicos como adoptivos.

En el caso de un matrimonio de dos mujeres, la embarazada tiene el derecho de licencia de 90 días y la madre no biológica, de cinco días. En el caso de una pareja de dos hombres, uno de los dos puede tomarse el beneficio de los tres meses y el otro el de los cinco días.

18 ¿Y cuál sería la licencia que le corresponde a la co-madre o co-padre?
–Según Greta Pena, del Inadi: “Se espera que pueda gozar del derecho de cinco días, incluso en el caso de adopción, tal como establece la última reforma a la ley. Aunque la ley no lo diga explícitamente, si en vez de un papá hay otra mamá, se debe resolver por analogía, como modo de interpretar la ley”.

19 Los libros del Registro Civil siguen diciendo “esposo y esposa”. ¿Esto cuándo va a cambiar?
–Se suponía que iban a ser modificados en el plazo que transcurrió desde la aprobación de la ley en el Congreso hasta su promulgación por parte de la Presidenta. Sin embargo, depende de cada municipio y provincia. Lo mismo para los formularios y demás papeles administrativos. Muchas oficinas públicas y registros prometen modificar estas cuestiones en cuanto se les termine el stock de los viejos libros. Desde la agrupación 100% Diversidad y Derechos ya le exigieron al secretario del Interior, Marcio Barbosa, que inste a los registros civiles de todo el país a adaptar este tipo de cuestiones a la nueva ley, así como capacitar a los empleados en un trato “amigable” con la comunidad gay.

20 ¿Los análisis prenupciales son obligatorios?
–Sí, es igual que para los heterosexuales, pero no se incluye el test de HIV. Se trata de un examen de tipo VDLR que detecta la sífilis. El test de HIV tampoco se realiza a las parejas heterosexuales. Por ley no se puede realizar este análisis sin el consentimiento de la persona.


Fuente: AG Magazine
ALuDiS

sábado, 18 de septiembre de 2010

El silencio y el amor


Esa noche se volvieron a juntar los ex compañeros de la promo ´99 del colegio XX, y como cada año cuando se juntan los chicXs (ya no tan chicXs) comienzan a hablar de sus familias, sus trabajos, sus parejas, o por lo menos la mayoría del grupo lo hace. Entre ellos está Tobias, quien nunca habla de su vida personal, pero no porque no quiera, sino porque sus "amigos" nunca le preguntan; sucede que entre ellos hay un pacto implícito de temas que no se tocan, entre ellos, la homosexualidad. Aunque muchos de sus compañeros vayan con sus mujeres, y las chicas con sus respectivos maridos, Tobias siempre concurre a los encuentros solo, pero no porque esté solo, sino porque es lo mejor para todos, incluso para él, piensa.
Los ex compañeros todavía solteros hablan de las minas que se levantan, las mujeres solteras hablan del tipo que le gusta, en el mejor de los casos, o sus decenas de fracasos amorosos, por eso son solteras. Cuando es el momento de Tobias sólo le preguntan: ¿Y el laburo cómo va?, ante lo que él responde: -Bien, muy bien. Y siguen los diálogos.
La homofobia más natural es el silencio, ya que nadie dice nada, ni el homófobo, ni la víctima, pues la homosexualidad no es tema con el que muchas personas se sientan a gusto. Algunos dirán, pero por lo menos Tobias se junta con sus ex compañeros, por lo tanto no lo discriminan, pues cae de maduro mencionar que ya todXs saben que Tobias es puto. Mejor miremos a otro lado, mejor no hablar de ciertas cosas... Y así nos fue a los argentinos, basta mirar unas décadas atrás, cuando las botas nos enseñaron a callar.
Mentiría si no confieso que una vez en un encuentro allá por el 2007 uno de los ex compañeros de Tobias dijo respecto a él: -Si ya todos sabemos que es maraca. A lo que otra "defendió":-No se metan con eso, eso es un tema del que no hay que hablar porque le incomoda. Y en realidad a quienes incomoda es a ellos. Pero la última noche Tobias ya no se sintió tan cómodo debido a que durante todos estos años desde que terminó la "secu" se la pasó asistiendo a todos los casamientos de sus ex compañeros, y la noche anterior al encuentro de este año, Germán, la pareja de Tobias desde hace 12 años le propuso matrimonio.
Hay dos opciones, la primera es que Tobias en un ataque de valor lo grite en la mesa: -¡Me voy a casar con el hombre que amo dentro de dos meses y quiero que me acompañen! Opción un tanto utópica considerando que nunca habló con ellXs de su relación. Y la otra alternativa es que Tobias no diga nada y se resigne a seguir con el mandato social que establece los temas tabúes, entre los cuáles, a pesar de que Tobias y Germán ya se puedan casar, sigue estando la homosexualidad.
Como era de esperar la noche terminó y Tobias no habló. Pero un mes después del último encuentro él enloqueció de amor y mandó a cada uno de los mails de sus ex compañeros la invitación a su matrimonio civil. Llegó el día del enlace y después de tanto escombro no faltó nadie, todXs estuvieron allí acompañando a Tobias. Y desde aquella vez cada vez que se reunen, él asiste con Germán, su pareja, perdón, su marido; y poco a poco va siendo un tema de conversación, el silencio se rompió y ahora más que de sexualidad ellXs hablan de amor.
Terminar con el silencio es deber de todos y todas, no sólo de quienes forman parte de la minoría involucrada, en esta historia el primer paso lo dió Tobias, luego fue un trabajo conjunto, y una buena estrategia es no hablar tanto de sexualidad, homosexualidad, algo con lo que el común de la gente no esta tan familiarizada, sino más bien hablar de amor, digo ¿quien no conoció o conoce el amor? Quizás suene un poco cursi hablar de amor, pero es un lenguaje universal, un sentimiento que lo atraviesa todo, y algo de lo que a todo el mundo le gusta hablar.

Rodrigo Teves
Prensa y Difusión de ALuDiS

viernes, 17 de septiembre de 2010

Adios amigo


En las últimas horas fue encontrado sin vida el cuerpo de nuestro gran amigo Diego Esper, un joven que lucho con total entrega y pasión por los derechos del colectivo LGBT. Era licenciado en Administración de empresas y profesor de en la Universidad Nacional de Salta. Una persona dedicada y responsable, responsable del Área de Finanzas de A.Lu.Di.S. y un gran compañero.
Diego fue asesinado con un elemento contundente en el cráneo, lo que se había creído un suicidio fue descartado por los investigadores, ya que no se encontró ningún arma. En los diarios no perdieron la ocasión para desnudar su intimidad perdiendo total respeto a su persona. Repudiamos este acto vergonzante de los medios que en busca de la primicia, sacan a la luz datos exclusivos de la intimidad del sujeto, o bien propios de la investigación policial que no debe ser mediatizada.
A.Lu.Di.S. pide justicia por Diego, justicia por el crimen de nuestro amigo.

miércoles, 15 de septiembre de 2010

Brasil en contra de la homofobia


Es bueno reconocer la labor de los grupos activistas de todo el mundo, que luchan por la preservación de sus derechos y combaten la homofobia. El pasado domingo 12 se llevo a cabo una multitudinaria convocatoria a favor de la criminalización de la homofobia en la ciudad de Recife, capital del estado del noreste de Brasil llamado Pernambuco. La marcha, organizada por el foro LGTB, ocurrió en la famosa playa de “Boa Viagem” (Buen Viaje) y sobre el lema “Derechos: los queremos por entero no por mitad”.
Uno de los objetivos de la convocatoria era destacar el Proyecto de Ley Nº 122/2006, que criminaliza las manifestaciones homofóbicas, así como los más de 78 derechos que son exclusivamente negados a las personas homosexuales. Otro alerta del evento es sobre los 200 homosexuales que fueron asesinados en el año 2009 en Brasil de acuerdo con los datos suministrados por la asociación Grupo Gay de Bahia.
A.Lu.Di.S ha encabezado este año numerosas marchas en pos de una real inclusión del colectivo LGTB, como así también en actividades y marchas a favor de los intereses de la sociedad en general, como la lucha contra la suba del boleto, o haciendo voces de los 400 desaparecidos el 24 de marzo. Es necesario seguir con esta lucha para derribar barreras que se han impuesto y que no nos permiten hacer visibles ciertos problemas sociales. Debemos luchar para que en un futuro, la lucha sea una osadía y la igualdad reine en todos los ámbitos.
Ricardo Beneros
Prensa y Difusión de A.Lu.Di.S

martes, 14 de septiembre de 2010

Los Derechos Humanos ante la diversidad


Taller reflexión sobre Derechos Humanos y su relación con la Orientación Sexual y la Identidad de Género basado en talleres dictados en dirección del Observatorio de Derechos Humanos de la Nación en el marco del proyecto de Fortalecimiento del Sistema de Protección de los Derechos Humanos.
Este taller tiene como finalidad reflexionar a partir de una perspectiva de diversidad sexual aspectos referidos a la vulneración y efectividad de los Derechos Humanos en lo cotidiano a partir de la experiencia de aquellos que participen de esta jornada.


Prensa y Difusión de ALuDiS

viernes, 10 de septiembre de 2010

El primer argentino nacido con dos madres legalmente reconocidas

El miércoles a la mañana fue registrado en la sede central del Registro Civil porteño Vicente M., un niño nacido el 2 de septiembre en el Sanatorio Anchorena, una clínica privada de la capital argentina, a término aunque por cesárea. Lo particular de esta historia es que hoy este bebé tiene dos madres legalmente reconocidas, Cecilia, 35 años, y Verónica, 33, casadas por civil el 11 de agosto, una de ellas con un embarazo avanzado mediante inseminación artificial.

El bebé quedó registrado según el artículo 36, correspondiente al Capítulo VII/ Nacimientos, de la ley 26.618, del código civil modificado por la aprobación del proyecto para un matrimonio igualitario el 15 de julio. La norma establece que la inscripción de los hijos y las hijas deberá contener, “en el caso de hijos de matrimonios entre personas del mismo sexo, el nombre y apellido de la madre y su cónyuge”. No obstante el Registro Civil "no aceptó la decisión" de inscribir al chico con sus dos apellidos. Ante esto, la organiaciones civiles que acompañaron a estas madres al registro civil, Lesmadres, 100% Diversidad y Derechos, y el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), manifestaron su apoyo a realizar los pasos legales para logar el deseo de estas madres de registrar a su hijo con los apellidos de las dos mamás.

A pesar de eso cave remarcar que este niño como cualquier otro ciudadano del país, goza de los mismos derechos que un hijo de heterosexuales. En una entrevista a Página 12 Verónica y Cecilia dijeron: “…Necesitábamos poder inscribirlo, por ejemplo, para sumarlo a la obra social. Ahora podemos pasar los tres al plan familiar: inscribirlo a él, unir nosotras nuestros aportes…” “…Yo podría tomar decisiones médicas con él. Educativas también. Esas cuestiones de tutelaje. Lo que importaba, lo que nos preocupaba ya está. Yo decía ‘¿Qué pasa si una de nosotras no es reconocida como madre y está sola con Vicente? ¿Qué pasa si hay una emergencia médica? ¿Qué pasa si a la única madre reconocida le pasa algo?’, ahora las dos podemos responder por él. De alguna forma, es una matria potestad compartida…” Lo importante, es que al estar reconocidas ambas integrantes de la pareja como madres, cualquiera de las dos puede tomar cualquiera de las decisiones que, en las parejas heterosexuales, la ley reconoce como legítimas de padres y madres.

Extendiéndose en la entrevista realizada por el diario porteño Página 12 expresaban que no podían creer la velocidad con que sucedieron las cosas y agregaron: “…Mientras hacíamos el trámite, les decía a todos: ‘Cuando empezamos con nuestro proyecto de familia, no había ley de matrimonio. Ni siquiera un mes antes de que se sancionara para nosotras era creíble que fuera a haber ley de matrimonio. Y ahora, en un mes, nos encontramos con que estamos casadas, con el nene anotado en la libreta de matrimonio y a nombre de las dos…” “…Cuando sea grande, no sé realmente si Vicente lo va a entender. Para él va a ser lo más natural del mundo…” “…Cuando volvimos de allá, del Registro, dormimos la siesta los tres; estábamos pasadas de cansancio...” “…Finalmente, por dos semanas nuestro niño no es bastardo…” “…Nunca pensé que nuestro proyecto iba a ser tan convencional...” “…La inscripción igualitaria de Vicente es una expansión del alcance de los derechos civiles para garantizar una mayor igualdad entre las y los habitantes del territorio nacional…”. Por último Verónica aseguró que “"Estos recursos legales o administrativos no sólo aseguran el acceso a ciertos derechos sino también deslegitiman ciertas prácticas prejuiciosas y discriminatorias al promover la visibilidad y el empoderamiento de nuestras familias".

Una lucha que no termina aquí.

En una entrevista realizada por el diario Página 12 a Florencia Germano, madre de un niño deseado junto con la mujer que es su pareja y criado en co-maternidad con ella, además activista de Lesmadres, un grupo de acción política “integrado por familias de lesbianas madres y futuras madres” decididas a tener sus niños y niñas en pareja, expresó que:

“…A partir de la ley de matrimonio igualitario, las parejas de gays y lesbianas se pueden casar; y las parejas de lesbianas que tengan a sus hijos después del casamiento pueden anotarlos como hijos de ambas…” “…Anotar así a nuestros hijos implica iguales derechos y obligaciones. Sin embargo, quienes tuvimos a nuestros hijos antes de la sanción de la ley de matrimonio igualitario sólo tenemos la posibilidad de que la mamá no biológica adopte al chico a través de la adopción simple. En términos del derecho, eso significa adoptar al hijo del cónyuge, lo que a su vez significa una menor cantidad de derechos en relación con la filiación…” “Con esa adopción, el chico no tiene derechos de segunda línea, de la madre no biológica. Esto es, por ejemplo, que los abuelos no pueden heredar a sus nietos, y los nietos no pueden pasarle la obra social a los abuelos si llegan a necesitarla en algún momento. Pero además en términos políticos es complicado, porque plantea la paradoja de adoptar al propio hijo. Y en términos de discriminación también es complicado porque implica someterlos a un proceso judicial de invasión en las mismas familias…” “…No necesariamente (deben mostrar que es hijo de ambas) , pero sí es el juez, en última instancia, quien decide si se puede o no se puede adoptar a ese chico. No deberían existir mayores problemas, pero en definitiva es un proceso invasivo para la familia. Y además, como en familias heterosexuales, se trata de un hijo deseado por ambas, planificado, tenido en co-maternidad desde la primera inseminación hasta el alumbramiento, y cuya crianza se lleva adelante en conjunto. Pero en las parejas heterosexuales que concibieron, sea o no por inseminación, se hace la filiación directa; cuando hay una adopción, es porque el niño o la niña ya tenía una familia previamente. En general, las adopciones simples están hechas para que uno pueda adoptar después de la muerte de una pareja con tal de resguardar todos los derechos del chico. Es otro caso. Por eso recomendamos que las parejas en esas situaciones aguarden a una solución política."

Prensa y Difusión de ALuDiS


miércoles, 8 de septiembre de 2010

La locura del/la psicoterapeuta



(Terapias de conversión)

http://www.topia.com.ar/

Por Lic.Jorge Horacio Raíces Montero

Antropólogo - Licenciado en Psicología Clínica - Investigador en Sexualidad y Epistemología.

Coordinador del Departamento Académico de Investigación y Docencia – CHA. Asesor de la Organización Internacional Intersexual (OII), Miembro del Comité World Association for Sexual Health (WAS).

*: el uso del asterisco esta implementado para evitar usar el genérico masculino. La @ tampoco es conveniente en estos términos, ya que implica una derogada dualidad genérica y además es difícil leer por programas utilizados por personas ciegas o ambliopes........

Tiempo ha, la Psiquiatría consideraba la homosexualidad masculina como un problema hormonal: inyectaban a sus pacientes importantes dosis de Testosterona. Obviamente el lesbianismo estaba invisibilizado. La falta de seguimiento de este tratamiento y sus consecuencias nos enfatiza como conclusión indubitable que partía el/la profesional, no de un supuesto científico sino de una creencia, un dogma. Provocaba un aumento en el erotismo del paciente pero ninguna modificación en su Orientación Sexual. El paciente concluía que sus emociones y sentimientos hacia una persona de su mismo sexo, implicaba una enfermedad. Lo que inyectaba el/la profesional era su propia ambivalencia, recibiendo la víctima de turno altas dosis de Homofobia internalizada. Así la inocente consulta, duda, pedido de información, se convertía en un cruel pronóstico: “conducta desviada”, “detención en el desarrollo”, “perversión”. En el consultorio psicoanalítico las cosas no eran mejores. El/la paciente imprimía la urgencia de una respuesta ante determinadas sensaciones y recibía una reflexión en la relación con sus padres que duraban años. Todo vuelve: la sexopolítica y la sexualidad represora determinando formas de subjetivación y disciplinas de normalización.

Es posible transformar homosexuales en heterosexuales a través de psicoterapias? Algunos profesionales del campo psi consideran que sí. La psicóloga evangélica brasileña Rozângela Justino considera la homosexualidad como un trastorno para el cual ofrece una “terapia de cura”, pues para ella el modelo heterosexual es el correcto y el que debe ser seguido. Según su diagnóstico, una persona homosexual “no está en sintonía con su yo”. Esta profesional tiene prohibido ejercer la profesión en su país. La temática final sería ¿transformar una Orientación Sexual en otra o llevar acólitos para el rebaño de su cofradía?

Conocemos las angustias que implica no cumplir la regla heteronormativa a través de su siniestro verdugo el heterosexismo. Patéticamente nos preguntamos: ¿los tratamientos también serían para gays agnósticos, judíos o musulmanes? Existe hace tiempo en Córdoba, Argentina, un centro de estas características, el Colegio de Psicólogos de Córdoba no se ha pronunciado. Sí, el INADI cuando esa agrupación de charlatanes/nas se presentó en Bs.As. El dictamen fue conciso por parte de la institución: “Toda terapia enfocada a esos objetivos es una clara muestra de discriminación”. La Comunidad Homosexual Argentina tuvo una declaración un poco más enfática: “Terapias de Conversión o Reconversión: sobrada muestra y declaración de parte, para retirarle el título a toda/o profesional involucrado/a”.

Detrás de todo profesional existe persona, si la misma expresa su profesión a través de cualquier fundamentalismo, es una persona enferma. No podrá ejercer mientras presente sintomatología asociada, lo que no sabemos cuanto tiempo lleva resolver una psicosis montada en la psicopatía y la perversión. Si la ofensa afectiva e intelectual se soporta, visitar: http://www.restauracion.org.ar. Podrán observarse programas de 8 semanas denominados “Contra la Corriente”, “Adictos Sexuales Aprendiendo a Confiar”, a fin de alcanzar “la pureza sexual” y seguramente deben tener un acápite sobre la “pureza de la raza”. Dentro de sus conceptos explican: “El formato que hemos desarrollado y brindado a la iglesia es un programa que usa como contendidos la guía: Aguas Vivas: Tras la Integridad Sexual y Relacional en Cristo, programa destinado a modificar la Orientación Sexual de las personas homosexuales”. Tanto en Argentina como en Chile existen profesionales de la Salud Mental involucrad*s en tamaño desajuste. “Exodus Latinoamérica” (www.exoduslatinoamerica.org) es el brazo hispano de Exodus Internacional, organización cristiana dedicada a preparar y unir ministerios (misterios?) e individuos para que puedan comunicar efectivamente el mensaje de la abolición a la homosexualidad; también busca ofrecer apoyo y condicionamiento para la incomprensión de una forma efectiva a aquellos individuos que enfrentan la realidad de tener un familiar homosexual, según sus dichos.

Debemos aquí aclarar que la Homosexualidad no produce ningún síntoma egodistónico en quien la goza, sí se sufre la discriminación de l*s que supuestamente consideran la heterosexualidad como una norma y son ést*s últim*s los que imprimen la homofobia socializada a quienes solo desean amar. Podría existir una situación egodistónica en cuanto a la interacción social de la persona, pero no en cuanto a sus preferencias sexuales. Por ende estos tipos de intervención son justamente quienes propician el odio hacia las diferentes Orientaciones Sexuales que no sea la heteronormatividad, un supuesto saber que tiene su base en la discriminación y la falta de información, es decir, las actividades de estas entidades y profesionales fundamentalistas son declaraciones de autoacusaciones fantasmagóricas en el Otro, siguiendo a Lacan.

http://www.topia.com.ar/

viernes, 3 de septiembre de 2010

Luego de la aprobación del matimonio igualitario: plenario en la casa obrera

El día sábado 28 de Agosto se llevó a cavo en la casa del Partido Obrero, en Mendoza e Ituzaingo, el “Plenario sobre el matrimonio igualitario”. La convocatoria se realizó con la intención de hacer un balance de lo que significó la aprobación del matrimonio entre personas del mismo sexo, remarcando este hecho como uno de los ítems más importantes dentro de la agenda pendiente en la lucha democrática.

La coordinación de este plenario abrió el encuentro afirmando que la victoria del matrimonio igualitario “ha sido un paso muy importante” para este país. Luego se pasó a marcar algunos temas preponderantes en las luchas para abrir caminos a las libertades democráticas, teniendo en cuenta que es necesario asimilar otras perspectivas de libertad. En este sentido se mencionó el rol de las organizaciones civiles como promotoras del debate ante un estado que viene con una agenda que choca con la opinión pública y sus intereses. Otros temas importantes y pendientes que se mencionaron fueron la derogación de los códigos contravencionales, que sirvieron de pilar para el aumento en la acción represiva de parte de la policía en la calles de Salta con la figura de averiguación de antecedentes como mascara para retener jóvenes, la ley de identidad de género, una victoria perseguida por muchos ciudadanos y ciudadanas, la ausencia de la mujer, en especial de las mujeres lesbianas, en las políticas de salud públicas de prevención de VIH-Sida. Ante esta aproximación de temas pendientes en la lucha social por las libertades democrática, la coordinación de este plenario propuso la lucha conjunta de las organizaciones.

Uno de los temas transversales a lo largo de todo el plenario tuvo que ver con cuáles serán las acciones de parte de las organizaciones civiles para denunciar políticamente la implementación de la educación religiosa en las escuelas públicas, considerando que este fenómeno atenta contra todas las libertades democráticas, como por ejemplo los derechos de la juventud a tener una sexualidad sana y de los niños a tener la educación que asegure la libertad de culto. Además se marcó que la formación católica en las escuelas públicas no asegura el cambio social en realidades como la maternidad en jóvenes de temprana edad, producto, entre otras cosas, de abusos sexuales; o la expulsión encubierta del colectivo LGByT (de Lesbianas, Gays, Bisexuales y Trans) de las escuelas dejándolos expuestos a la prostitución y la drogadicción, por ejemplo.

Luego de que la coordinación expuso este diagnóstico aproximado de la lucha por las libertades democráticas, las organizaciones que asistieron al encuentro pasaron a dar sus apreciaciones; así ALuDiS y Diversia Salta propusieron como tema principal la organización para la marcha en contra de la educación religiosa, debatiéndose inicialmente si se llevaría a cavo en la plaza 9 de Julio o en la casa de gobierno tratando de medir cual de los lugares tendrían más repercusión pública y mediática. También fueron planteadas actividades paralelas a esta marcha, como la expresión de esta denuncia por medio de una campaña que incluiría una radio abierta, petitorio de firmas en la vía pública y difusión de volantes con mensajes de que tenga como principal objetivo la concientización de cuales son los derechos vulnerados con la educación religiosa en las escuelas públicas.

Reflexionando sobre la estrategia de esta denuncia se consensuó en no pensar estar “en contra”, sino pensar y actuar “a favor de una educación laica” buscando la inconstitucionalidad de la forma católica de educar en las institucones públicas atendiendo a una argumentación jurídica y empírica de los hechos sociales que requieren de una educación sexual integra, por ejemplo.

Hacia el fin del encuentro se criticó el rol de los intelectuales en el debate, organizaciones estatales de Derechos Humanos, partidos políticos y su representatividad en tanto militantes por el cambio social, cuestionando su responsabilidad social y pensando en una lucha por las libertades democráticas independiente del Estado. También se resaltó la importancia de la juventud como pilar en el movimiento de la lucha social en un proceso social que hay que explotar gracias a las oportunidades que el contexto presenta. Por último las organizaciones se comprometieron a firmar una declaración común que confirmaría horarios y fechas de las actividades a realizar, a pesar de haber consensuado verbalmente que la marcha “a favor de una educación laica” se realizaría el día viernes 10 a las 10:00 hrs. en la plazoleta IV siglos, y la radio abierta estaría prevista como una agitación para la marcha, el lunes 6 en la plazoleta IV siglos a las 17:00 hrs. aproximadamente.


Prensa y Difusión de ALuDiS



jueves, 2 de septiembre de 2010

La Justicia rechazó una denuncia contra el gobierno por el matrimonio igualitario


La Justicia confirmó que la presidenta Cristina Fernández de Kirchner, su gabinete y los legisladores que aprobaron la Ley de Matrimonio Igualitario no cometieron delito alguno en la promulgación de esa norma.

La Sala Segunda de la Cámara Federal consideró “mal concedido” el recurso de apelación presentado por un grupo de ciudadanos contra la norma y dejó así firme el fallo de primera instancia del juez Julián Ercolini.
La denuncia apuntaba contra la presidenta; el jefe de Gabinete, Aníbal Fernández; el ministro de Justicia, Julio Alak, y los diputados y senadores que aprobaron la ley. La denuncia fue promovida por los ciudadanos Héctor Moors, Miguel Conde Holgado, Elio Montivero, Héctor Aguirre, Amilcar Romanut, Humberto Cardozo, con el patrocinio del abogado Jorge Gait.

El escrito sostenía que los funcionarios públicos habían incumplido con sus deberes y habían alterado el espíritu de la ley de matrimonio civil incorporando la figura de las parejas del mismo sexo, cuando expresamente la norma sostenía que el matrimonio era la unión entre un hombre y una mujer.

En primera instancia, con dictamen fiscal desaconsejando la promoción de una causa, la denuncia fue desestimada, pero la medida pretendió ser apelada ante la Cámara. El jueves pasado, los camaristas Horacio Cattani, Martín Irurzun y Eduardo Farah consideraron que el escrito de apelación “no se encuentra debidamente fundado”.

“El requisito previsto (para la apelación) tiene como objetivo definir el marco de intervención que habrá de tener la Alzada a partir del conocimiento de los concretos agravios en una motivada crítica a los argumentos expuestos por el instructor, que llevan a la parte a sostener las razones por las cuales el fallo recurrido debe ser modificado”, explicaron los camaristas. Ello equivale a que la apelación debe contener una razón para considerar que la sentencia anterior es arbitraria o ilegal, “extremo que se encuentra ausente en la impugnación formulada, sin que posea dicha capacidad la mera enumeración de normas presuntamente vulneradas o la simple expresión que lo resuelto resulta arbitrario”.

El tribunal declaró “mal concedido” el recurso de apelación, con lo que en los hechos confirmó el fallo de primera instancia, que desestimó la denuncia contra la presidenta, los funcionarios y los legisladores.

Fuente: AG Magazine

miércoles, 1 de septiembre de 2010

Talleres: ALuDiS Comunica

Contenidos del Primer Encuentro:
  • . Conociendo el medio: la radio. Breve reseña histórica.
  • . ¿Cómo hablar en radio?
  • . Entrevista, móvil radiofónico y editorial.
  • . ¿Cómo hacer un programa radiofónico original?
  1. El Area de Comunicaciones de Asociación en Lucha por la Diversidad Sexual comienza este sábado con los talleres: "ALuDiS Comunica".
  2. Objetivo: Conocer los distintos medios de comunicación, para luego abordar la cuestión del tratamiento que los mismos hacen sobre la diversidad sexual.

Más de 100 casamientos en el primer mes del matrimonio igualitario


Un total de 103 parejas de personas de un mismo sexo, 72 conformadas por hombres y 31 por mujeres, se casaron en Argentina en el primer mes desde la entrada en vigor de la reforma legal que permite la unión entre personas del mismo sexo.
La mayoría de los enlaces, un total de 69, se celebraron en la capital y la provincia de Buenos Aires, mientras que los 34 restantes en otras localidades, indicaron hoy fuentes de la Federación Argentina de Lesbianas, Gays, Bisexuales y Travestis (FALGBT)
Pero Esteban Paulón, asesor jurídico de la FALGBT, consideró que esta cifra podría llegar hasta las “130 bodas” si se tienen en cuenta los enlaces que no han podido ser contabilizados en algunos registros civiles del país durante agosto.
Paulón vaticinó además un “aumento significativo” de enlaces entre personas del mismo sexo durante septiembre y los meses posteriores, ya que las parejas deben pedir turno para casarse con 28 días de antelación.
Al menos 38 parejas homosexuales, 25 de hombres y 13 de mujeres, tienen previsto casarse en septiembre en los registros civiles de Buenos Aires.
José Luis Navarro, de 54 años, y Miguel Ángel Calefato, de 65, fueron los primeros homosexuales en casarse en Argentina el pasado 30 de julio, una semana después de que se aprobara una reforma del Código Civil que estableció el “matrimonio igualitario” de personas del mismo sexo, la primera legislación de este tipo vigente en América Latina.
Antes de la reforma legal, nueve parejas se habían casado en el país mediante habilitaciones judiciales, aunque algunos de los enlaces fueron posteriormente anulados y están pendientes de apelación.
La aprobación de la ley que reconoce el matrimonio homosexual estuvo precedida de un encendido debate político y social en el que la Iglesia católica impulsó una intensa campaña que incluyó movilizaciones y mensajes en los que llegó a hablar de una “guerra de Dios” contra la iniciativa.

Fuente: AG Magazine